El nuevo Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, (entrada en vigor el29 de Febrero de 2012) no persigue la tan mencionada “amnistía urbanística” de aquellas viviendas que de una u otra forma se encuentra en situación irregular dentro del suelo no urbanizable andaluz. Si no todo lo contrario. El Decreto lejos de dar luz a esta situación, provoca nuevos interrogantes y hace aumentar la ya caótica legislación reguladora del suelo andaluz.
El decreto contiene una serie de advertencias y supuestos de regularización de aquellas viviendas y edificaciones que se encuentran construidas en suelo no urbanizable, sin embargo, mucho nos tememos que no llegará a resolver la encrucijada en la que se encuentra más de 250.000 viviendas en Andalucía. Leer más »
El pasado mes de Julio, el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció que subirá el tipo general del IVA (hasta ahora, el 18%) tres puntos, hasta el 21%; el tipo reducido dos puntos (del 8% al 10%) y mantendrá el tipo superreducido en el 4%.
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Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.
Las entidades no residentes que sean propietarias o posean en España bienes inmuebles están sujetas al Impuesto sobrela Rentade no Residentes mediante un Gravamen Especial que se devenga el 31 de diciembre de cada año y deberá ingresarse en el mes de enero siguiente.
La base imponible está constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles y el tipo de gravamen es del 3%.
Como indicado, el plazo de presentación de la declaración es el mes enero siguiente a la fecha de devengo del Gravamen, esto es el 31 de diciembre de cada año. Leer más »
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